AVISOS DE MODIFICACIÓN AL REGISTRO ESTATAL DE CONTRIBUYENTES (REC-2)

De conformidad con el artículo 50, cuarto párrafo del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato, los contribuyentes inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes (REC) deberán presentar aviso de modificación cuando ocurra alguno de los siguientes supuestos: A) Cambio de Nombre, Denominación o Razón Social, B) Cambio de Domicilio, C) Aumento de Obligaciones, D) Disminución de Obligaciones, E) Suspensión de Actividades, F) Reanudación de Actividades, G) Apertura de Establecimiento, Local, Puesto Fijo, Semifijo o Almacén, H) Cierre de Establecimiento, Local, Puesto Fijo, Semifijo o Almacén, I) Cancelación, J) Cambio de Representante Legal, y K) Cambio de Actividad Económica.

Para presentar avisos en línea deberá tener a la mano su REC (mismo que el RFC), su clave CIP, que obtiene al inscribirse al REC o posteriormente en la misma página de la Secretaría en el menú de Servicios en Línea, así como el movimiento correspondiente que hubiera presentado ante el SAT.

Puede presentar uno o varios movimientos en la misma sesión de captura. Aunque si va a presentar reanudación y otros movimientos, por ejemplo aumento y/o disminución de obligaciones, se recomienda capturar primero la reanudación, terminar captura y después ingresar nuevamente para los demás movimientos.

Las personas que declaren con falsedad o inexactitud la información contenida en la presente
y apercibido de las penas que incurren ante la Autoridad competente, se sancionarán de conformidad
con las disposiciones fiscales aplicables.

Fundamento art. 113 y 114 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato.


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Guía de Llenado REC-2